DERECHOS Y OBLIGACIONES DE ACREDITADOS
de Organismo de Evaluación de la Conformidad (OEC)
DERECHOS DE LOS ACREDITADOS:
· Hacer uso del símbolo de acreditación y la marca o referencia a la condición de acreditado
· Tener acceso a la documentación generada por nosotros, requerida para el proceso de acreditación.
· Recibir información oportuna por parte de nosotros acerca de cambios en los requisitos de acreditación y la forma de transición hacia los nuevos criterios.
· Que toda la información que nos sea proporcionada sea tratada como confidencial, salvo en los casos en que sea requerida por la autoridad competente conforme a la ley.
· Participar en los Comités Técnicos correspondientes a su actividad de acuerdo con los procedimientos establecidos.
COTINUACIÓN DE LOS DERECHOS
·Conocer los informes que se generen con motivo de los procesos de evaluación, testificaciones, de seguimiento y extraordinarias que haya recibido.
·Solicitarnos la suspensión voluntaria de la acreditación por un periodo máximo de 6 meses o, en su caso, la reducción de alcance o el retiro de la acreditación.
·Presentar quejas en relación con el servicio prestado.
·Apelar las decisiones adoptadas por nosotros, según lo establecido en el Procedimiento para el Tratamiento de Quejas y Apelaciones establecido por la organización.
OBLIGACIONES DE LOS ACREDITADOS
· Cumplir en forma continua todas las disposiciones establecidas en los requisitos de acreditación, tales como normas, procedimientos y criterios relacionados, establecidos por nosotros y adaptarse a los cambios que en ellos se produzcan.
· Cumplir de forma continua con el plan de mantenimiento de la acreditación.
· Cumplir con las actualizaciones y requisitos complementarios que podamos establecer, dentro del ámbito cubierto por el alcance de acreditación otorgado.
· Cooperar cuando sea necesario, para permitirnos verificar el cumplimiento de los requisitos de acreditación
· Proporcionar acceso oportuno al personal, ubicaciones, instalaciones, localizaciones, información, documentos y registros que sean necesarios para verificar el cumplimiento de los requisitos de acreditación, incluyendo información sobre las actividades realizadas por el Organismo de Evaluación de la Conformidad (OEC) bajo acreditaciones con otros organismos de acreditación.
· Cuando se requiera, proporcionar el alojamiento, transporte y la cooperación que sea necesaria a las personas debidamente autorizadas por nosotros, para verificar el cumplimiento de los requisitos de acreditación y las actividades de mantenimiento de esta.
· Proporcionar, cuando sea pertinente, el acceso a aquellos documentos que permitan comprender el nivel de independencia e imparcialidad del Organismo de Evaluación de la Conformidad (OEC) respecto a sus organismos relacionados.
· Aceptar la realización de evaluaciones de vigilancia, renovación, extraordinarias y de seguimiento, en las situaciones previstas en los procedimientos de nosotros y, de forma general, en situaciones donde sea necesario verificar la continuidad del cumplimiento con los requisitos de acreditación, incluso en los casos de suspensión, retiro, reducción o vencimiento de los tiempos establecidos en los procesos de evaluación.
· Conservar la documentación relacionada a los informes emitidos en el ámbito de la Acreditación por un período de 5 años, salvo que sea requerido un periodo mayor por disposiciones legales.
· Colaborar en la investigación y resolución de cualquier queja presentada en su contra y relacionada con la acreditación que nosotros le remitamos.
· Conservar los registros de quejas que pudiera tener con respecto a la competencia en los servicios cubiertos por el alcance, así como de las acciones tomadas.
· Cuando nosotros lo solicitemos, disponer lo necesario para que se puedan testificar los servicios del Organismo de Evaluación de la Conformidad (OEC).
· Disponer cuando corresponda, de acuerdos legalmente ejecutables (por ejemplo, contratos) con sus clientes que comprometa a estos, cuando se requiera, a proporcionar acceso al equipo evaluador de nosotros para evaluar el desempeño del Organismo de Evaluación de la Conformidad (OEC) cuando realice actividades de evaluación de la conformidad en el sitio del cliente.
· Entregarnos, en tiempo y forma adecuados, la documentación solicitada, para el mantenimiento y verificación del cumplimiento de los requisitos de la acreditación.
· Fomentar la utilización del certificado de acreditación como un medio para incrementar la confianza general.
· No utilizar la acreditación de manera que nos desprestigie y abstenerse de cualquier actividad que dañe la credibilidad y la reputación.
· Demostrar que mantiene la competencia técnica para la realización de sus actividades acreditadas.
· Declarar estar acreditado sólo con respecto al alcance para el que se ha otorgado la acreditación y no hacer declaraciones engañosas o no autorizadas respectos a su acreditación.
· Usar el símbolo de acreditación y las declaraciones de la condición de acreditado para las actividades específicas cubiertas en el alcance de su acreditación.
· Cumplir con los criterios, políticas y disposiciones emitidas por nosotros con relación al uso del símbolo de acreditación, incluyendo los requisitos para su reproducción, y los requisitos para cualquier referencia a la acreditación.
· Cumplir con los requisitos establecidos por nosotros para declarar la condición de acreditado, cuando hace referencia a su acreditación en medios de comunicación.
· No permitir que su acreditación se utilice, ya sea en documentos contractuales o publicitarios u otros, o que se haga referencia para dar a entender que un producto, proceso, servicio, sistema de gestión o persona esta aprobado por nosotros.
· No colocar el símbolo de acreditación solo o que se lo use de manera que da a entender que nosotros hemos certificado o aprobado un producto, proceso o servicio (o cualquier parte de estos).
· Informar a quien lo solicite, el alcance exacto de su acreditación, incluyendo, si fuere el caso, las actividades suspendidas
· Informar a sus clientes afectados respecto a la suspensión, reducción o retiro de su acreditación y las consecuencias asociadas, sin retraso injustificado.
· Finalizar inmediatamente el uso de toda publicidad que contenga cualquier referencia a la condición de acreditación, cuando se suspenda o retire la misma.
· Realizar el pago, dentro del plazo notificado oportunamente, de los costos correspondientes a las actividades de otorgamiento, mantenimiento, renovación de la acreditación, así como de evaluaciones extraordinarias y de seguimiento, tal como se hayan establecido por nosotros.